Nuevas exenciones al copago farmacéutico

Hoy queremos compartir una información de interés para las familias sobre las nuevas exenciones al copago farmacéutico.

El sistema de aportación de usuarios y beneficiarios de prestación farmacéutica ambulatoria se modificó en 2012 (Real Decreto Ley 16/2012 de 20 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.)

Con la ley 11/2020 de 30 de diciembre de Presupuestos generales del Estado para 2021 se añaden 3 nuevas exenciones al copago farmacéutico.

LOS NUEVOS COLECTIVOS EXENTOS AL COPAGO SON: 

  • Personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  • Perceptores de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
  • Pensionistas con rentas inferiores a 5.635 euros, o a 11.200 euros en caso de no estar obligados a presentar declaración por el IRPF.

Tras la entrada en vigor de esta medida, aconsejamos que revisen el copago que vienen efectuando las familias en caso de encontrarse en estos nuevos colectivos.

Para ampliar más información sobre la medida y sobre cómo solicitar el reintegro del pago en caso de no tener aplicado la exención, pónganse en contacto con las trabajadoras sociales de los centros de referencia.

También puede solicitar información en la unidad de atención a la ciudadanía de su centro sanitario y Salud Responde, a través del 955 54 50 60, o del correo electrónico saludresponde@juntadeandalucia.es.

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